¿Cuándo es obligatorio cambiar el contador de agua caliente? ¿Cómo se deben realizar las lecturas de Agua caliente y calefacción? Guía definitiva para no incumplir la ley.
Si vives en una comunidad con calefacción y Agua Caliente Sanitaria (ACS) central, es muy probable que hayas oído hablar de la obligación de sustituir los contadores de agua. Sin embargo, circula mucha desinformación sobre cuándo hay que cambiarlos realmente y qué características técnicas deben tener. Para evitar multas o lecturas no válidas en tu factura, en este artículo te explicamos de forma clara las dos normativas que debes conocer.
La regla de los 12 años: Tu contador de agua caliente tiene fecha de caducidad
Hasta hace unos años, los contadores de agua se mantenían en las viviendas de forma indefinida mientras «siguiesen funcionando». Esto cambió por completo con la entrada en vigor de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, que regula el control metrológico del Estado. Esta ley estatal establece que los contadores de agua limpia (tanto fría como caliente) tienen una vida útil máxima.
¿Qué dice la ley?
Según el Anexo III, Capítulo III, Apartado 6 de la Orden ICT/155/2020, el periodo de vida útil de estos dispositivos es de 12 años desde su instalación. Una vez transcurrido este tiempo, el contador debe ser retirado y sustituido de forma obligatoria.
¿Se pueden reparar si se averían?
No. El Apartado 4 del mismo Anexo III prohíbe taxativamente la reparación o modificación de los contadores de agua residenciales. Si un contador se estropea o se rompe su precinto de seguridad (incluso si tiene menos de 12 años), no se puede arreglar, debe sustituirse inmediatamente por uno nuevo.
¿Hay excepciones?
La única forma de evitar la sustitución a los 12 años es solicitar una prórroga de funcionamiento por periodos sucesivos de 5 años. Sin embargo, esto requiere superar un riguroso examen metrológico en un laboratorio oficial autorizado. Para el usuario final o la comunidad, esta verificación suele ser más costosa y compleja que instalar un equipo nuevo, por lo que casi el 100 % de los propietarios opta por la sustitución directa.
El fin de la lectura manual: obligación de la telelectura antes de 2027
Aquí es donde entra en juego la segunda normativa que suele confundirse con la anterior. ¿Cómo se deben leer los consumos de estos contadores? ¿Es legal que pase un operario a apuntar el dato a mano?
La respuesta no está en la ley de metrología anterior, sino en el Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto, dictado para promover la eficiencia energética.
Esta normativa introduce dos obligaciones clave sobre la forma de leer los consumos de calefacción, a nuestro juicio no está claro que la normativa sea de aplicación a los sistemas de agua caliente sanitaria (ACS). No obstante sí que la consideramos recomendable en ACS y obligatoria en contadores de calefacción.
- Para contadores nuevos (Artículo 6): Cualquier contador que se instale a partir del año 2020 debe disponer obligatoriamente de un servicio de lectura remota (telelectura).
- Para contadores ya instalados (Disposición adicional primera): Todos los hogares que todavía cuenten con contadores de lectura directa antiguos están obligados adaptarlos o sustituirlos por equipos que permitan la telelectura antes del 1 de enero de 2027.
En Jocar Vigo la eficiencia y la tecnología avanzada han sido siempre nuestra seña de identidad. Fuimos pioneros absolutos en Vigo al realizar la primera instalación de telelectura hace ya dos décadas. Nuestra apuesta por el futuro es tan sólida que llevamos 20 años sin instalar un solo contador de lectura manual directa, garantizando siempre a nuestros clientes soluciones a la vanguardia metrológica.Tanto tiempo después la normativa nos da la razón al obligar a retirar los sistemas manuales que nosotros dejamos de instalar hace 20 años.









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